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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00368-042-10
Fecha: 2010-05-04
Carátula: OLIVIERI MIGUEL ANGEL / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:00368-042-10
Tomo: 4
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 04 (cuatro) DE MAYO DE 2010
- - - VISTOS: Los autos caratulados: “OLIVIERI MIGUEL ANGEL C/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”, expte. nro. 00368-042-10 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - - Y CONSIDERANDO:
Que por error, se hubo dispuesto requerir el expediente mencionado en la Resolución obrante a fs. 9, debiendo haberse requerido el mencionado por la parte a fs. 23 vta.; es decir, el Expediente Municipal n° 86959-O-2009.
Por ello, y encontrándose lo peticionado dentro de las previsiones del art. 36, inc. 3° y 163, inc. 2, del CPCC, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
- - - RESUELVE:
1ro.) Hacer lugar al pedido de aclaratoria de fs. 28, rectificando lo resuelto a fs. 27 de la manera indicada en los considerandos.
2do.) NOTIFICAR, registrar y protocolizar lo aquí
resuelto.
r.s.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio C. Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
ANTE MI
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro