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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39619
Fecha: 2010-05-03
Carátula: QUEZADA Rafael c/MUNICIPALIDAD ALLEN S/DAÑOS Y PERJ. S/ Apelación
Descripción: proveido.-
//neral Roca, 03 de mayo de 2010.-
Habiéndose vencido el plazo conferido a fs. 50 y acompañado la copia del escrito de fs. 49 fuera de término, hago efectivo el apercibimiento de lo dispuesto por el art. 120 2do apartado del CPC y téngase por no presentado el mismo y devúelvase al presentante por Secretaria y bajo constancia.-
Declárase desierto el recurso interpuesto a fs. 35.-
Vuelvan estas actuaciones al Juzgado de Paz de Allen, sirviendo la presente de atenta nota de envio.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro