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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39891
Fecha: 2010-04-30
Carátula: CREDIL S.R.L. c/ACEVEDO Petrona del Rosario S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio Cámara Laboral.-
//neral Roca, 30 de Abril de 2010.-
Al punto I, agréguese.-
Al punto II, téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre el crédito que la demandada tiene como actora en los autos caratulados: ACEVEDO PETRONA DEL ROSARIO S/RECURSO DE APELACION ART. 46 LEY 24.557 (Expte.No 1CT-21449-09 en trámite ante la Cámara Laboral, Sala UNO con asiento en esta ciudad a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese el correspondiente oficio, haciéndose efectiva la medida por la suma de $ 2.439,20 en concepto de capital con más la suma de $ 1.000 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedetemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro