Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38828

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-30

Carátula: CORVALAN Danis Alberto y otros S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: se ratifica gestión.traslado art.81 CPC.-

//neral Roca, 30 de Abril de 2010.-

Al punto 1, téngase presente la ratificación efectuada.-

Atento el estado de autos y previo a dictar resolución, de las pruebas producidas, traslado a las partes por el término de CINCO DIAS.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro