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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15626-266-10
Fecha: 2010-04-30
Carátula: OLIVARI EDGARDO NESTOR / CABEZAS HUENUMAN RUBEN HERNAN Y FRANZGROTE GERARDO S/ ORDINARIO
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15626-266-10
Tomo: 2
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 30 DE ABRIL DE 2010
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “OLIVARI EDGARDO
NESTOR C/ CABEZAS HUENUMAN RUBEN HERNAN Y FRANZGROTE
GERARDO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, expte. nro. 15626-266-10
(reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de
la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y
Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a
dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
- - Que -como medida para mejor proveer- resulta
necesario tener a la vista las actuaciones labradas en la
instancia de mediación (Mediación 472/2008).
- - - POR ELLO LA CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
RESUELVE:
1ro.) Requerir la remisión -ad effectum videndi et
probandi- de las actuaciones mencionadas; a cuyo fin:
ofíciese. Confección y diligenciamiento del oficio, a
cargo de cualesquiera de las partes.
2do.) NOTIFICAR, REGISTRAR y protocolizar lo aquí
resuelto.
r.s.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro