Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15523-236-09

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-30

Carátula: GARCIA OLIVERA PABLO Y OTRA / MIGLARO OSCAR EDUARDO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15523-236-09

Tomo: 2

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 30 DE ABRIL DE 2010

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “GARCIA OLIVERA PABLO

Y OTRA C/ MIGLARO OSCAR EDUARDO Y OTROS S/ DAÑOS Y

PERJUICIOS”, expte. nro. 15523-236-09 (reg.cám), luego de

haberse impuesto individualmente de la causa los dres.

Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos

Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de

todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

- - Que el pedido de apertura a prueba en IIa. Instancia

fue realizado en forma autónoma a la expresión de

agravios de la parte actora (fs. 594/597), sin que se

hubiera dispuesto correr traslado de dicha petición a la

contraria.

- - -POR ELLO LA CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

RESUELVE:

1ro.) A fin de evitar nulidades (art. 34, inc.

5°, ap. b., del CPCC), correr traslado de la petición de

fs. 594/597 a las demandadas. Confección y

diligenciamiento de las cédulas respectivas, a cargo de

la actora.

2do.) NOTIFICAR, REGISTRAR y protocolizar lo aquí

resuelto.

r.s.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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