Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0246/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-29

Carátula: BANCO MACRO S.A. C/ ISAGUIRRE CRISTINA S/ PREPARA VIA EJECUTIVA

Descripción: no ha lugar sentencia - demandada desconocio firma se designa perito calígrafo

EXPTE. Nº 0246/2009

CARATULA: BANCO MACRO S.A. C/ ISAGUIRRE CRISTINA S/ PREPARA VIA EJECUTIVA

Viedma, abril de 2.010.-

Teniendo en cuenta que la demandada al comparecer a la audiencia fijada en autos conforme surge del acta de fs. 47 ha desconocido su firma en el documento base de la acción, como asimismo ha desconocido la deuda, a lo peticionado no ha lugar.-

En consecuencia, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 528 del C.Pr. y teniendo en cuenta lo manifestado en su oportunidad por la parte actora a fs. 38, corresponde proceder a la realizar la pericia caligráfica, a cuyo fin desígnase de oficio a la sra. Corina Raquel Dugosq, domiciliada en calle 5 nº 581 del Bº Lavalle de Viedma, quien previo a sus funciones deberá aceptar el cargo por ante el Actuario dentro de los 3 días de notificada, bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese. La misma, deberá efectuar cuerpo de escritura del demandado a los fines de establecer la autenticidad y autoría de la firma inserta en los documentos base de la presente acción y presentar su informe en el plazo de 15 días.-

Rosana Calvetti

Juez

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