Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00321-036-09

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-29

Carátula: IGLESIAS PAIZ ARTURO / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Descripción: caducidad

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:00321-036-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

San Carlos de Bariloche, 29 de abril de 2010.-

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “IGLESIAS PAIZ ARTURO C/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”, expte. nro. 00321-036-09 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:  1.- Que la última actividad útil a los fines de impulsar el procedimiento fue la providencia de fs. 50, de fecha 15 de abril de 2009.

Encontrándose ampliamente vencidos los plazos previstos por el art. 316 del CPCC, corresponde declarar la caducidad de instancia en los autos del rubro.

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL 

- - -RESUELVE: I) DECLARAR la caducidad de instancia en los presentes autos.

- - -II) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro, protocolización y oportuno archivo.

 

 

LUIS MARIA ESCARDO               EDGARDO JORGE CAMPERI         HORACIO CARLOS OSORIO

  Juez de Cámara                    Juez de Cámara                   Juez de Cámara

 

 

 

 ANTE MI:

                                   ANGELA ALBA POSSE

                           Secretaria de cámara  

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