Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37287

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-29

Carátula: SANTOS GENCHI SA y EXP. RURALES INACAYAL s/Extensión Quiebra S/ Incidente (Hugo Oscar Genchi)

Descripción: se ordenan oficios.-

//neral Roca, 29 de Abril de 2010.-

Al punto 1, en atención a lo peticionado y estado de autos, trábese embargo sobre la parte indivisa del inmuble denunciado sin especificación de montos atento tratarse de un proceso de quiebra, a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio Ley 22172 al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Neuquén.-

Requiérase asimismo condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones.-

Al punto 2, líbrense los oficios solicitados.-

Téngase presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-

Al punto 3, líbrese oficio al Sr.Juez de Igual Clase y en Turno con jurisdicción en la localidad de Villa La Angostura, Provincia de Neuquén.-

Téngase presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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