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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37287
Fecha: 2010-04-29
Carátula: SANTOS GENCHI SA y EXP. RURALES INACAYAL s/Extensión Quiebra S/ Incidente (Hugo Oscar Genchi)
Descripción: se ordenan oficios.-
//neral Roca, 29 de Abril de 2010.-
Al punto 1, en atención a lo peticionado y estado de autos, trábese embargo sobre la parte indivisa del inmuble denunciado sin especificación de montos atento tratarse de un proceso de quiebra, a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio Ley 22172 al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Neuquén.-
Requiérase asimismo condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones.-
Al punto 2, líbrense los oficios solicitados.-
Téngase presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-
Al punto 3, líbrese oficio al Sr.Juez de Igual Clase y en Turno con jurisdicción en la localidad de Villa La Angostura, Provincia de Neuquén.-
Téngase presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro