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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0705/2002
Fecha: 2005-11-16
Carátula: POBLETE DIDINA DEL CARMEN Y OTRA C/ ORELLANO MARIELA EDITH S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Descripción: prov
EXPTE. N° 0705/2002
CARATULA: POBLETE DIDINA DEL CARMEN Y OTRA C/ ORELLANO MARIELA EDITH S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Viedma, noviembre de 2005.-
Atento lo peticionado, razones invocadas y constancias de autos, encontrándose prima facie acreditados los requisitos generales para la viabilización de la medida cautelar peticionada y de conformidad con lo previsto en los arts. 195 y 209 inc. 5° del C.Pr., trábese preventivo sobre los derechos y acciones que detenta la demandada, sra. Mariela Edith Orellano sobre el inmueble con nomenclatura catastral 18-2-475745, por la suma de $ 18.000 en concepto de capital reclamado, con más la suma de $ 1.800 presupuestada para responder a intereses, costas y costos de la ejecución.-
Previo a ello y de conformidad a lo dispuesto por el art. 199 C.Pr., disponése caución real la que se fija en la suma de $ 1.000.-
Fecho notifíquese por cédula la medida cautelar decretada.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro