Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0105/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-16

Carátula: PARODI SERGIO ROMAN C/ ROT AUTOMOTORES S.A.C.I.F. S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: APERTURA A PRUEBA

EXPTE. Nº : 0105/2005.-

CARATULA: PARODI SERGIO ROMAN C/ ROT AUTOMOTORES S.A.C.I.F. S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-

Viedma, noviembre de 2005.-

1) Proveyendo a fs. 142:

Tiénese presente.-

2) Al escrito de fs. 143:

Por presentado el interrogatorio. Resérvese el mismo en Secretaría hasta su oportunidad.-

3) Atento al estado de autos, el resultado de la audiencia prevista por el art. 489 del C. Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 138, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:

Prueba de la Actora (sr. Parodi):

Documental: Tiénese presente.-

Informativa: Líbrense los siguientes oficios: 1) A las agencias "Alamo National"; "Europcar" y "Del Plata", para que informen el costo de alquiler diario de un rodado marca Mitsubishi modelo Lancer New 1.5, modelo 94, cuatro puertas u otro de similares características. 2) A la Municipalidad de Mendiolaza, Provincia de Córdoba, a los fines de que informe la distancia que existe entre esa localidad y la ciudad de Córdoba, así como también los transportes públicos de pasajeros existentes en la localidad y con destino a la ciudad de Córdoba, costo de los mismos y frecuencia de viaje. También para que informe si existe servicio de remise y el costo del mismo para dirigirse a Córdoba capital. Asimismo para que informe características de la localidad, servicios de los que dispone. 3) Secretaría Electoral de la Provincia de Córdoba, a los fines de que informe el domicilio del actor Sergio Román Parodi registrado en abril de 2.004. 4) Al Registro Nacional de la Propiedad Automotor - Seccional Río Cevallos, a efectos de requerir un informe de dominio histórico del automotor marca Renault Kangoo, dominio CLD 885.-

Instrumental: 1) a los fines que remita "ad effectum videndi et probandi" y si su estado lo permite, los autos caratulados: "1062/02/J1 s/ Daños y Perjuicios", a cuyo fin ofíciese al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro 2) a los fines que remita "ad effectum videndi et probandi" y si su estado lo permite los autos caratulados: "Oficio Ley 22172 del Juzgado N° 1 de Primera Instancia Civil, Comercial y de Minería de la 1° Circunscripción de Viedma (Provincia de Río Negro) en autos: 1062/02/J1 s/ Daños y Perjuicios" Expte. N° 305.576/36, a cuyo fin ofíciese al Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, 8° nominación de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-

Confesional: A fin de que el Representante Legal de Rot Automotores S.A.C.I.F., sr. Carlos Mario Steding, comparezca a absolver posiciones, fíjase audiencia para el día 06 de diciembre de 2.005 a las 10:30 horas. El nombrado deberá concurrir debidamente documentado y bajo apercibimien- to de lo dispuesto en el art. 417 del Cód. Por. Notifíquese en legal forma.-

Testimonial de Reconocimiento: Líbrese oficio con los recaudos de la Ley 22.172 al Juzgado de Igual Clase y en Turno de la ciudad de Córdoba (Provincia de Córdoba), a los fines que cite a reconocer la firma inserta en los documentos obrantes en autos, a saber, sr. Pablo G. Rollotti (fs. 44/45); Juan José Picone (fs. 46) y José María Pérez Paz (fs. 47). A cuyo fin, se remitirán los documentos pertinentes, debiendo adjuntar a la causa, copias de los mismos para dejar en su reemplazo. Tiénese presente las personas autorizadas para correr con su diligenciamiento.-

Testimonial: Líbrese oficio con los recaudos de la Ley 22.172 al Juzgado de Igual Clase y en Turno de la ciudad de Córdoba (Provincia de Córdoba), a los fines de que recepcione la declaración testimonial de las siguientes personas: Paula Malnis, Jorge Caminotti, Martín Leyranes y Daniel Bevacqua. Los mismos depondrán a tenor del interrogatorio obrante a fs. 140 y que a sus efectos se transcribirá. Tiénese presente la persona autorizada para correr con su diligenciamiento.-

Prueba de la Demandada (Rot Automotores S.A.C.I.F.):

Documental: Tiénese presente.-

Informativa: Líbrense oficios al Registro Nacional de Propiedad Automotor N° 1, Seccional Viedma, a los efectos de que manifieste si la sra. Sandra Cristina Poggi realizó una denuncia de venta de un automotor Marca Renault, Modelo Kangoo, dominio CLD 885 a favor de la concesionaria de automóviles Rot Automotores SACIF. En saco afirmativo remita copia certificada de la misma y copia certificada de la constancia de la notificación a la empresa del acto mencionado en los términos del art. 27 del Decreto-Ley 6582/58, ratificado por Ley 14.467 (t.o. por Decreto 4560/73) y sus modificatorias. 2) A las empresas Localiza Córdoba; "Avis Rent a Car" y "ABC Rent a Car", para que informen el costo diario de alquiler de un vehículo sedán cuatro puertas categoría base o similar.-

Instrumental: 1) a los fines que remita "ad effectum videndi et probandi" y si su estado lo permite, los autos caratulados: "1062/02/J1 s/ Daños y Perjuicios", a cuyo fin ofíciese al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro 2) a los fines que remita "ad effectum videndi et probandi" y si su estado lo permite los autos caratulados: "Oficio Ley 22172 del Juzgado N° 1 de Primera Instancia Civil, Comercial y de Minería de la 1° Circunscripción de Viedma (Provincia de Río Negro) en autos: 1062/02/J1 s/ Daños y Perjuicios" Expte. N° 305.576/36, donde conste asimismo la regulación de honorarios efectuada al Dr. José María Pérez Paz, a cuyo fin ofíciese al Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, 8° nominación de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-

Confesional: A los fines de recepcionar la absolución de posiciones del sr. Sergio Román Parodi, líbrese oficio al sr. Juez de Igual Clase y en Turno con jurisdicción en la ciudad de Mendiolaza, Provincia de Córdoba, adjuntándose el pliego de posiciones pertinente.-

Testimonial: A los fines de prestar declaración testimonial, fíjase audiencia a los sres. Graciela Beatriz Diandre y Pedro Gustavo Luciano Gabarret, para el día 12 de diciembre de 2.005 a las 08:30 y 09:00 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr. a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 19/12/05 a la misma hora; y para los sres. María Elena Prichoda y Sandra Cristina Poggi, para el día 14 de diciembre de 2.005 a las 08:30 y 09:00 horas, respectivamente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 21/12/05 a la misma hora. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquense con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr..-

Fórmense los respectivos cuadernos de prueba.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse reservado en Secretaría un interrogatorio bajo registro P-23/05 y de haberse formado los respectivos cuadernos, todo ello conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-

SECRETARIA, noviembre de 2.005.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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