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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0581/2005
Fecha: 2005-11-16
Carátula: CONSORCIO MANZANA 282 C/ BRAVO DE GUTIERREZ NANCY Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: PROVIDENCIA SUSANA
EXPTE. Nº 0581/2005
CARATULA: CONSORCIO MANZANA 282 C/ BRAVO DE GUTIERREZ NANCY Y OTRO S/ EJECUTIVO
Viedma, noviembre de 2.005.-
Proveyendo a fs. 72/78 y 79/83: Por presentados, parte y por constituído domicilio.-
De las excepciones opuestas, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Sin perjuicio de ello, existiendo diferencia de nombres de los demandados, conforme surge del escrito de demanda y de las respectivas presentaciones, aclárese tal circunstancia.-
Hágase saber a los profesionales intervinientes que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la Ley 2.897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro