Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0646/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-16

Carátula: BANCO RIO DE LA PLATA S.A. C/ PAYLLALEF SANTIAGO ABEL Y OTRA S/ EJECUTIVO

Descripción: COBRO POR BANCO CUALQUIER MONTO (PROV.)

EXPTE. Nº 0646/2002.-

CARATULA: BANCO RIO DE LA PLATA S.A. C/ PAYLLALEF SANTIAGO ABEL Y OTRA S/ EJECUTIVO.-

Viedma, noviembre de 2005.-

Agréguese el saldo bancario y las boletas de aportes acompañadas. Del pago efectuado córrase vista a la Caja Forense.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 85 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar, por derecho en la suma de $ 3.088,80 en concepto de intereses de honorarios y de capital, aportes y sellados e I.V.A. conforme detalle efectuado por la parte.-

Atento el estado de autos y constancias de la causa, líbrese orden de pago a favor de Dres. Alejandro Buckland y/o Guerino Angel Curzi y/o José Antonio Sanchez por la suma de $ 3.088,80 en concepto de capital, a cuyo fin ofíciese al Banco Patagonia S.A., debiendo previamente estarse a la conformidad de la Caja Forense.-

Asimismo, conforme el estado de autos y lo solicitado regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Alejandro Buckland, Guerino Angel Curzi y José Antonio Sanchez, en conjunto, por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 500 coef. 1/3 del 11% y 40%, M.B. $ 9.778 (art. 7, 9, 40 y 49 ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

Atento el estado de autos y lo solicitado, levántense los embargos oportunamente decretados, a cuyo fin líbrense los oficios correspondientes.-

Hágase saber a los demandados la existencia de saldo remanente a su favor. Notifíquese.-

e.z

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro