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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38353
Fecha: 2010-04-28
Carátula: GIMENEZ Juan Carlos c/BISCONTI Emiliano Gastón S/ Ordinario
Descripción: Certificación prueba///Clausura
//neral Roca, 28 de abril de 2010.-
Atento lo solicitado, agréguese por cuerda los exptes. ofrecidos como prueba y que se encuentran en trámite por ante este Tribunal.-
Certifique la Actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. Juez:
CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "GIMENEZ Juan Carlos c/BISCONTI Emiliano Gastón S/ Ordinario" (Exp. Nro. 38353), el término probatorio se encuentra vencido habiéndose producido de la prueba ofrecida por la actora, DOCUMENTAL al iniciar la demanda; INSTRUMENTAL (Exptes. 20.202-V, 549-I-96, 550-I-96, 563-II-96, 17-II-98, 37678, 28.900-III, 29.758-III, 21.554-VI-96, 29.524-IV, 28.056-III, 21.499-V;
CONFESIONAL de EMILIANO GASTON BISCONTI (fs. 152); TESTIMONIAL (fs. 152) de ISABEL GAMBOA, GRACIELA TEMPONE, CARLOS ORLANDO ZWENGER; TESTIMONIAL DE RECONOCIMIENTO de ISABEL GAMBOA; PERICIAL CALIGRAFICA (fs. 225/49); INFORMATIVA a Municipalidad Villa Regina (fs. 101), Registro Público Comercio (fs. 93), Banco Bansud (fs. 106) y Notaria Moreyra (fs. 86/88 y 95/100). No hay prueba pendiente de producción de la parte actora.-
De la prueba ofrecida por la parte demandada se ha pr oducido la DOCUMENTAL al contestar la demanda; TESTIMONIAL de ISABEL GAMBOA y MARCELO MARTIN FERNANDEZ; INFORMATIVA a Municipalidad Villa Regina (fs. 108), Secretaria Fruticultura Pcia. RN (fs. 127), Sindicato Obreros y Empleados Rurales RN (fs. 191/203). No se encuentra prueba pendiente de producción de la parte demandada.-
Secretaría, 28 de abril de 2010.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 28 de abril de 2010.-
Atento la certificación que antecede, clausúrase el período probatorio. Not.-
Firme la presente, pónganse los autos en Secretaría para que las partes presenten los correspondientes alegatos.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Nota: Se deja constancia que para un mejor ordenamiento, todos los exptes. ofrecidos como prueba y agregados por cuerda se depositan en caja fuerte del Tribunal. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro