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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 28925III
Fecha: 2010-04-28
Carátula: DETLEFS y DE GREGORIO en: LARREBURU c/GEBEL s/Sum. S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: se ordena oficio de embargo Juzgado UNO.-
//neral Roca, 28 de Abril de 2010.-
Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre los montos que por cualquier concepto tenga a percibir el demandado Ruben René Larreburo en los autos caratulados: LARREBURO RUBEN RENE C/GODOY FERNANDO MARTIN S/ORDINARIO (CUMPLIMIENTO DE CONTRATO) Expte.No 78-JC I-10 en trámite ante el Juzgado Civil No UNO-Secretaria UNICA con asiento en esta ciudad a cuyo efecto y toma de razón líbrese el correspondiente oficio, haciéndose efectiva la medida por la suma de $ 1.098,57 en concepto de capital con más la suma de $ 440 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro