Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0260/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-27

Carátula: FIMPEL GUSTAVO ENRIQUE C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: vista a rentas

EXPTE N° 0260/2010

CARATULA: FIMPEL GUSTAVO ENRIQUE C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, abril de 2010.-

Al escrito de fs. 266/282:

Por presentado, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada y resérvense en Secretaría los boletos de compraventa originales.-

Toda vez que las restantes copias acompañadas carecen de validez legal por ser fotocopias simples, devuélvanse a su presentante.-

No dándose el suspuesto del art. 121 del C.Pr. toda vez que las copias no resultan de dificil reproducción por su extensión, a la eximisión solicitada no ha lugar, debiendo en consecuencia acompañarse las copias de traslado correspondientes, aclarándose que sólo se exime de acompañar copias de los planos obrantes a fs. 241/253, los que quedan a disposición de la parte para consulta y observación.-

A los fines de que se expida sobre los sellados de ley oblados en autos, pasen las mismas en vista a la Dirección General de Rentas.-

Sin perjuicio, hágase saber que deberá oblarse la suma de $ 1.600 en concepto a aporte al Sitrajur (Ley 4459).-

Proveyendo a fs. 283:

Por presentado en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Atento lo solicitado certifíquense las copias de los boletos de compraventa obrantes a fs. 2/109 y devuélvanse los originales reservados en Secretaria a su presentante, previo pago de los sellados correspondientes.-

Para un mejor ordenamiento procesal fórmese segundo cuerpo a partir de la foja 182.-

NOTA: De haberse efectuado la reserva ordenada bajo registro F-05/10. Conste.-

Secretaría, abril de 2010.-

Gustavo Javier Tenaglia

Secretario Subrogante

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