Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39996

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-27

Carátula: OJEDA Patricia Gladys, MORA Claudio y Otro S/ Homologación

Descripción: a Rentas//homologación

General Roca, 27 de abril de 2010.-s

Proveyendo a fs. 20: Agréguese y vista a Rentas.-

Proveyendo a fs. 21: Téngase presente el dictamen de la Defensora de Menores e Inc..-

Homológase con fuerza de sentencia el acuerdo arribado a fs. 8. Not.-

Téngase presente los honorarios pactados respecto de la Dra. Graciela Rosales y regulo los honorarios del Dr. Justo Emilio Epifanio en la suma de $ 2.520 y los de la Dra. Laura Fontana en la suma de $ 6.300 (M.B. $ 70.000).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Notifíquese y Cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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