Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0467/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-26

Carátula: ROSALES LUIS HERNAN C/ CARDENAS FLAVIO S/ DESALOJO

Descripción: CONTESTA DEMANDA-EXCEP.-TRASLADO

EXPTE. Nº : 0467/2009.-

CARATULA: "ROSALES LUIS HERNAN C/ CARDENAS FLAVIO S/ DESALOJO".-

VIEDMA, abril de 2010.-

A la invocación de gestor, estése a lo dispuesto a fs. 58.-

Por contestada la demanda.-

Agréguese la documental acompañada. Por opuesta excepción, de la misma y documental presentada, córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-

Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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