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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1026/2009
Fecha: 2010-04-26
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ SALUD Y BIENESTAR FAMILIAR S.R.L. S/ APREMIO
Descripción: levanta embargo-transfiere fondos
EXPTE. N° 1026/2009
CARATULA: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ SALUD Y BIENESTAR FAMILIAR S.R.L. S/ APREMIO
Viedma, abril de 2010.-
Agréguese.-
Del pago efectuado vista a la Caja Forense.-
Atento lo peticionado y constancias de autos, previa conformidad de la Caja Forense, levántese el embargo decretado a fs. 10. Ofíciese.-
De conformidad a lo peticionado, teniendo en cuenta el levantamiento del embargo dispuesto precedentemente y toda vez que conforme surge de las constancias de autos los Bancos de Patagonia S.A., Macro y Provincia del Neuquén han trabado embargo (conf. fs. 37/40, respectivamente) sobre las cuentas bancarias correspondientes a la ejecutada, procédase a la restitución de las sumas embargadas a la cuenta de origen de la demandada, SALUD Y BIENESTAR FAMILIAR S.R.L. (CUIT Nº 30-70848786-0). A tal fin líbrense los correspondientes oficios.-
Hágase saber que deberá oblar el aporte correspondiente el Sitrajur (ley 4459).-
jc
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Poder Judicial de Río Negro