Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1026/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-26

Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ SALUD Y BIENESTAR FAMILIAR S.R.L. S/ APREMIO

Descripción: levanta embargo-transfiere fondos

EXPTE. N° 1026/2009

CARATULA: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ SALUD Y BIENESTAR FAMILIAR S.R.L. S/ APREMIO

Viedma, abril de 2010.-

Agréguese.-

Del pago efectuado vista a la Caja Forense.-

Atento lo peticionado y constancias de autos, previa conformidad de la Caja Forense, levántese el embargo decretado a fs. 10. Ofíciese.-

De conformidad a lo peticionado, teniendo en cuenta el levantamiento del embargo dispuesto precedentemente y toda vez que conforme surge de las constancias de autos los Bancos de Patagonia S.A., Macro y Provincia del Neuquén han trabado embargo (conf. fs. 37/40, respectivamente) sobre las cuentas bancarias correspondientes a la ejecutada, procédase a la restitución de las sumas embargadas a la cuenta de origen de la demandada, SALUD Y BIENESTAR FAMILIAR S.R.L. (CUIT Nº 30-70848786-0). A tal fin líbrense los correspondientes oficios.-

Hágase saber que deberá oblar el aporte correspondiente el Sitrajur (ley 4459).-

jc

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro