Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 13443-130-05

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-16

Carátula: PINUER CRISTIAN M. / TORLASCHI ENRIQUE GILBERTO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Descripción: MEDIDA

Expediente Nro.13443-130-05

SRES. JUECES: Siendo necesario contar con la causa penal "TORLASCHI ENRIQUE S/LESIONES CULPOSAS" (Expte. nº 831-12-2000 del Juzgado de Instrucción nro.6) citada a fs.328, solicito se requiera la misma como medida para mejor proveer y con interrupción del plazo para fallar.

Conste. Vocalía, 16 de Noviembre de 2005.

EDGARDO CAMPERI

Juez de Cámara

San Carlos de Bariloche, 16 de noviembre de 2005

Visto lo solicitado por el sr. Juez de primer voto requiérase la causa citada precedentemente como medida para mejor proveer y con interrupción del plazo para fallar. Ofíciese. Oportunamente practíquese nuevo cómputo de plazos. Notifíquese.

En /11/05 se libró oficio al Juzgado de Instrucción nro. 6. Conste.

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 16 de NOVIEMBRE DE 2005.

A la sra. Secretaria del

Juzgado Civil nro.3

dra. ALEJANDRA MARCOLINI

S / D

OF. NRO.: /05

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: “PINUER CRISTIAN M. C/TORLASCHI ENRIQUE GILBERTO S/DAÑOS Y PERJUICIOS” expte. nro.:13443-130-05 (Reg. Cám.), nro. 21884-02 (reg. 1ra. inst.), que tramitan por ante esta Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, bajo la Presidencia de. Dr. Horacio C. Osorio, Secretaría a mi cargo, a fin de solicitarle la remisión de los autos “TORLASCHI ENRIQUE S/LESIONES CULPOSAS” en virtud de haber sido requeridos como medida para mejor proveer.

El auto que ordena el presente dice en su parte pertinente: “///SAN CARLOS DE BARILOCHE, .....de 2005.-...Ofíciese... fdo. dr. JUECES DE CAMARA.

Saludo a ud. muy atentamente.-

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