Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15597-258-10

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-23

Carátula: UBER SILVIA / ZAPATA JORGE PEDRO FRANCISCO S/ ALIMENTOS

Descripción: Autos y Vistos

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIa. CIRCUNSCRIPCION

Expediente Nro.

Tomo:

Auto Interlocutorio/Sentencia:

Folio:

Secretaria: dra. Alba Posse

San Carlos de Bariloche, 23 de Abril de 2010-

VISTOS: Los autos caratulados: "UBER SILVIA C/ APATA JORGEPEDRO FRANCISCO S /ALIMENTOS ", expte. nro. 15597-258-2010 (reg. Cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

Y CONSIDERANDO: 1.- Que corresponde , previo a resolver, correr vista de los memoriales presentados a la sra. Defensora de Menores e Incapaces interviniente, dra. Paula Bisogni, a fin de que se expida al respecto, con interrupción del plazo para fallar y remisión de los autos a su despacho.

Por ello, la

CAMARA DE APELACIONES , RESUELVE: I.- Correr vista de los memoriales presentados a la sra. Defensora de Menores e Incapaces, dra. Paula Bisogni a fin de que se expida al respecto. II.- Interin , extráiganse del acuerdo, con interrupción de plazo para fallar. Notifíquese y oportunamente practiquese nuevo cómputo. Registrese y protocolícese.

EDGARDO J. CAMPERI HORACIO C. OSORIO

Juez de Cámara Juez de Cámara

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