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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36594
Fecha: 2005-11-16
Carátula: FERRARINO Hector Alberto S/ Concurso Preventivo
Descripción: resolucion a protocolo
General Roca, 16 de noviembre de 2005.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " FERRARINO HECTOR ALBERTO s/ CONCURSO PREVENTIVO " (Expte. Nº 36.594-III-04).-
A fs.159 se presenta el concursado y solicita prórroga del período de exclusividad fijado para el 14 de diciembre de 2005, hasta tanto exista resolución en los incidentes de revisión interpuestos por los créditos de Omar Pablo Garcia y AFIP por cuanto los mismos son los de mayor cuantía y de gran incidencia en elproceso.-
Cita jurisprudencia y peticiona.-
A fs.161 presta conformidad la sindicatura a fs. 162 se dictan autos para resolver.-
Si bien la prórroga solicitada sin plazo concreto aparecería abusiva, lo cierto es que el fundamento de la petición tiende a definir la procedencia de los créditos referidos que por su importancia económica son de gran incidencia y comprometen el resultado de este concurso.-
De la resolución obrante a fs.130/1 surge la realidad apuntada, por ende, aparece admisible esta petición puesto que partiendo de la realidad concreta de esos créditos, habrá una evaluación específica de las posibilidades con que contarán los involucrados e interesados en ver satisfechos sus créditos.-
Por otra parte según constancia obrante a fs.134, existen otros incidentes de revisión que deben cumplir su trámite para tener un conocimiento acabado de la situación patrimonial de este concurso, lo que se irá dilucidando con los destacados por el deudor. Cabe consignar, sin embargo, que los incidentes mencionados deberán llevar un normal desenvolvimiento en garantía de los acreedores y para no generar decisiones que perturben esta decisión.-
Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por los arts. 43 y cc. del C.P.C.-
RESUELVO: Hacer lugar a lo solicitado por el Sr. Hector Alberto Ferrarino y en su consecuencia conceder la prórroga solicitada hasta tanto obtengan sentencia firme los incidentes de revisión enunciados por el mismo.-
En razón de lo expuesto déjese sin efecto el período de exclusividad y la audiencia informativa fijada a fs.158.-
Proveyendo a fs.165: Póngase a disposición de los interesados la propuesta de acuerdo preventivo formulada por el concursado.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro