Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15600-258-10

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-20

Carátula: LAMBEZAT JORGE LUIS / BERNABEI SILVINA LILIANA Y OTRO S/ DESALOJO

Descripción: Interlocutoria -aclaratoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15600-258-10

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 20 DE ABRIL DE 2010.- - -VISTOS: Los autos caratulados: “LAMBEZAT Jorge Luis c/ BERNABEI Silvina Liliana y Otro s/ DESALOJO”, expte. nro. 15600-258-2010 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que en la resolución obrante a fs. 75/77 se ha incurrido en error material al omitido citar en el encabezado la ciudad y provincia, ya que donde dice “Negro, a los...” debe decir: “En la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, a los....”.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

I.- ACLARAR que en la resolución obrante a fs. 75/77 se ha incurrido en error material al omitido citar en el encabezado la ciudad y provincia, ya que donde dice: “Negro, a los...” debe decir: “En la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, a los....”

II.-Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que oportunamente vuelvan los autos a la instancia de origen.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro