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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15600-258-10
Fecha: 2010-04-20
Carátula: LAMBEZAT JORGE LUIS / BERNABEI SILVINA LILIANA Y OTRO S/ DESALOJO
Descripción: Interlocutoria -aclaratoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15600-258-10
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 20 DE ABRIL DE 2010.- - -VISTOS: Los autos caratulados: “LAMBEZAT Jorge Luis c/ BERNABEI Silvina Liliana y Otro s/ DESALOJO”, expte. nro. 15600-258-2010 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Que en la resolución obrante a fs. 75/77 se ha incurrido en error material al omitido citar en el encabezado la ciudad y provincia, ya que donde dice “Negro, a los...” debe decir: “En la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, a los....”.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
I.- ACLARAR que en la resolución obrante a fs. 75/77 se ha incurrido en error material al omitido citar en el encabezado la ciudad y provincia, ya que donde dice: “Negro, a los...” debe decir: “En la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, a los....”
II.-Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que oportunamente vuelvan los autos a la instancia de origen.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro