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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0837/2002
Fecha: 2005-11-15
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ MELLAO ELENA NORMA S/ EJECUTIVO
Descripción: PROVIDENCIA SUSANA
EXPTE. Nº: 0837/2002.-
CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ MELLAO ELENA NORMA S/ EJECUTIVO".-
Viedma, noviembre de 2005.-
Agréguese el saldo bancario acompañado. Atento lo solicitado, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. Ana Carolina Scoccia y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 85,80 en concepto de Honorarios y al Dr. Cristrian Mildenberger la suma de $ 623,50 por Capital, debiéndose abonar en primer término los honorarios conforme lo dispuesto por el art. 590 del CPCC, e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada. Previamente, cúmplase con la ley 869.-
s.b.s.
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro