Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0837/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-15

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ MELLAO ELENA NORMA S/ EJECUTIVO

Descripción: PROVIDENCIA SUSANA

EXPTE. Nº: 0837/2002.-

CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ MELLAO ELENA NORMA S/ EJECUTIVO".-

Viedma, noviembre de 2005.-

Agréguese el saldo bancario acompañado. Atento lo solicitado, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. Ana Carolina Scoccia y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 85,80 en concepto de Honorarios y al Dr. Cristrian Mildenberger la suma de $ 623,50 por Capital, debiéndose abonar en primer término los honorarios conforme lo dispuesto por el art. 590 del CPCC, e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada. Previamente, cúmplase con la ley 869.-

s.b.s.

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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