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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1084/2009
Fecha: 2010-04-16
Carátula: MARTIN ALFREDO AURELIO C/ GONZALEZ RICARDO S/ DESALOJO
Descripción: se provee contestación del demandado - ordena notificar inmu desalojo - Emiliano asume mayoría - cita
EXPTE. Nº 1084/2009
CARATULA: MARTIN ALFREDO AURELIO C/ GONZALEZ RICARDO S/ DESALOJO
Viedma, abril de 2.010.-
1) Agréguese la cédula de notificación.-
En consecuencia corresponde proveer el escrito de fs. 57/58:
Por contestada la demanda.-
De la documental presentada, córrase traslado a la parte contraria por el término de ley. Notifíquese.-
A los fines que se expida con relación a los sellados que correspondan abonar con respecto al contrato de cesión (fs. 14) y transferencia de boleto (fs. 15), pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas.-
2) Atento lo peticionado por la parte actora y a los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto en los arts. 683/684 del CPCC, líbrese cédula de notificación al domicilio del inmueble en cuestión conforme fuera ordenado a fs. 12.-
3) Atento el estado de autos, surgiendo de la documental obrante a fs. 3 vta. que Emiliano Ariel Martin ha asumido la mayoría de edad, hágase saber que deberá comparecer por sí o mediante apoderado a hacer valer sus derechos. Notifíquese.-
En consecuencia, cése la intervención de la Sra. Defensora de Menores, a cuyo fin pasen los autos en vista.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro