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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0667/2008
Fecha: 2010-04-15
Carátula: COLOS ADRIANA MARGARITA Y OTROS C/ VERA AMERICA Y OTRO S/ USUCAPION
Descripción: RENUNCIA DE APODERADO
EXPTE No.: 0667/2008
CARATULA: COLOS ADRIANA MARGARITA Y OTROS C/ VERA AMERICA Y OTRO S/ USUCAPION
Viedma, abril de 2010.-
Agréguese la media carátula formada.-
Proveyendo el escrito a despacho: Tiénese presente la renuncia efectuada.-
Atento lo dispuesto por el art. 53 punto 2 del C.Pr., intímase a la demandada América Vera a comparecer por sí o designar nuevo apoderado en el plazo de 15 días, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía o con los efectos del art. 41 primera parte del C. Pr., según el caso. Notifíquese.-
Hágase saber a la presentante que deberá continuar las gestiones hasta tanto se venza el plazo fijado precedentemente, bajo pena de daños y perjuicios.-
Tiénese presente lo solicitado para su oportunidad.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro