Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38177

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-12

Carátula: MAGRANE Luis Antonio c/POLLIO Noemi Luisa S/ Ejecutivo

Descripción: proveido.-

//neral Roca, 12 de Abril de 2010.-

Al punto I y II, agréguese, téngase presente y del bien inmueble ofrecido a embargo en garantía de las sumas depositas (capital,intereses,costos y costas) y documental acompañada, traslado a la demandada.-NOT.-

Téngase presente la conformidad prestada por el Sr. GREGORIO NORBERTO PARDO.-

Al oficio al RPI a efectos de inscribir el embargo, oportunamente.-

Al punto III, intímese a la demandada para que dentro del plazo de CINCO DIAS de notificada a depositar los honorarios regulados al Dr. Rodolfo Guillermo Vesciglio por acrecidos $ 6300 más sus intereses desde el 09 de junio de 2009, IVA y aporte de la Ley 869 como así también de los honorarios regulados por complementarios $ 663 más sus intereses desde el 23 de setiembre de 2009, IVA y aportes de la Ley 869, todo ello bajo apercibimiento de ejecución.-NOT.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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