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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38177
Fecha: 2010-04-12
Carátula: MAGRANE Luis Antonio c/POLLIO Noemi Luisa S/ Ejecutivo
Descripción: proveido.-
//neral Roca, 12 de Abril de 2010.-
Al punto I y II, agréguese, téngase presente y del bien inmueble ofrecido a embargo en garantía de las sumas depositas (capital,intereses,costos y costas) y documental acompañada, traslado a la demandada.-NOT.-
Téngase presente la conformidad prestada por el Sr. GREGORIO NORBERTO PARDO.-
Al oficio al RPI a efectos de inscribir el embargo, oportunamente.-
Al punto III, intímese a la demandada para que dentro del plazo de CINCO DIAS de notificada a depositar los honorarios regulados al Dr. Rodolfo Guillermo Vesciglio por acrecidos $ 6300 más sus intereses desde el 09 de junio de 2009, IVA y aporte de la Ley 869 como así también de los honorarios regulados por complementarios $ 663 más sus intereses desde el 23 de setiembre de 2009, IVA y aportes de la Ley 869, todo ello bajo apercibimiento de ejecución.-NOT.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro