include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33329III
Fecha: 2010-04-06
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/CANIL Nelida S/ Ejecutivo
Descripción: se ordenan oficios de embargo.-
//neral Roca, 06 de Abril de 2010.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios al Banco de la Nación Argentina, Banco Patagonia SA y Banco Hipotecario, haciéndose efectiva la medida por la suma de $ 73.268,79 en concepto de capital con más la suma de $ 30.000 calculados para intereses y costas, debiéndose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferido sl Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Hago saber al presentante que de hacerse efectivo el embargo ordenado en algunas de las instutuciones bancarias denunciadas, deberá abstenerse de presentar los oficios ordenados y retirados en las restantes.-
La suma del embargo ordenado $ 73.268,79 surge de restar al monto de la planilla aprobada a fs.218 $ 75.823,61 la extracción de fondos de fs. 240 de $ 2.554,82.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro