Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37524

N° Receptoría:

Fecha: 2010-04-05

Carátula: CONSIGNACIONES RURALES S.A. c/FRUTOS DEL VALLE S.R.L. S/ Ejecutivo

Descripción: A CEDULA

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973 (constituído)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CONSIGNACIONES RURALES S.A. c/FRUTOS DEL VALLE S.R.L. S/ Ejecutivo" (Expte. N* 37524) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 31 de marzo de 2010.-s .-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Hernán Pinolini Carcioffi, en $ 200.- (MB: $ 2.000.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs. 6.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de abril de 2010.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

CONSIGNACIONES RURALES SA - Dr. Hernan PINOLINI CARCIOFFI,

BRASIL 610-GENERAL ROCA (constituído)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CONSIGNACIONES RURALES S.A. c/FRUTOS DEL VALLE S.R.L. S/ Ejecutivo" (Expte. N* 37524) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 31 de marzo de 2010.-s .-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Hernán Pinolini Carcioffi, en $ 200.- (MB: $ 2.000.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs. 6.-Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de abril de 2010.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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