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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39975
Fecha: 2010-03-30
Carátula: LUSTOR S.A. c/APACHE ENERGIA ARGENTINA S.R.L. S/ Ordinario
Descripción: Inicio
//neral Roca, 30 de marzo de 2010.-s
Proveyendo a fs. 35 y 36: Téngase presente la liquidación practicada y la conformidad prestada por Rentas.-
Atento el estado de autos, de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa a Neuquén Capital.-
A la notificación por Oca Postal no ha lugar por no corresponder.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro