Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0571/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-30

Carátula: LLAMPA SONIA C/ PROPHETE ADRIEN GUY Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: ocurra - cumplir aclaración

EXPTE. Nº 0571/2009

CARATULA: LLAMPA SONIA C/ PROPHETE ADRIEN GUY Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, marzo de 2.010.-

Atento lo dispuesto a fs. 16, hágase saber que en su caso deberá ocurrir por ante el organismo que corresponda.-

Sin perjuicio de ello, cúmplase con la aclaración del nombre de la actora requerido a fs. 12.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro