include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39088
Fecha: 2010-03-30
Carátula: VAZQUEZ Juan Adilio c/WALL MART Arg. y Otra S/ Sumarísimo
Descripción: a cheque.-
//neral Roca, 30 de Marzo de 2010.-
No habiendo suscripto el escrito presentado por el Sr. Juan Adilio Vazquez, téngase al Dr. Carlos Aroca Alvarez por presentado en el carácter de gestor procesal (art.48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-
Al punto 1, agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Al punto 2, líbrese cheque a la orden del Sr. JUAN ADILIO VAZQUEZ DNI 16.622.159 por la suma de $ 1.000 en concepto de:capital acordado a fs. 156.-Cuenta No 220023351.-
Al punto 3, téngase presente la caución juratoria ofrecida para el inmediato libramiento del cheque.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En la fecha se libró cheque No CONSTE.-
El / /2010 el Sr.VAZQUEZ retira cheque.CONSTE.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro