Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38047

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-30

Carátula: GILES Alicia Manuela c/EMPRESA ENERGIA RN S.A. S/ Beneficio y ordinario

Descripción: proveido.ratifica gestión.Prestamo Dr.Jugeit.-

//neral Roca, 30 de Marzo de 2010.-

Proveyendo el escrito de fs.206, téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado conferido a fs.205 por el letrado apoderado de la demandada.-

Téngase presente lo manifestado por el letrado apoderado de la demandada en el sentido de no tener interés en la prueba pericial psicológica ofrecida por la parte actora en los términos del art. 478 inc.2 del CPC para el momento del dictado de sentencia.-

Proveyendo el escrito de fs. 207, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de UN DIA.-

Proveyendo el escrito de fs 208, téngase presente la ratificación efectuada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro