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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39402
Fecha: 2010-03-30
Carátula: FRUTOS SUREÑOS S.R.L. c/DELLA S´CHIAVA Elidio y otros S/ Ejecutivo
Descripción: homologacion de convenio
General Roca, 30 de marzo de 2010.-s
Proveyendo a fs. 98: Téngase a los demandados por presentado, parte y con domicilio.-
Homológase el acuerdo arribado por las partes a fs. 98.- Not.-
Téngase presente los honorarios fijados a los letrados de la parte actora.-
Regulo los honorarios del Dr. Horacio Nello Pagliaricci en la suma de $ 2.000.- (M.B. $ 42.600) .-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Proveyendo a fs. 99: Respecto de la aclarción realizada en el punto 2, las mismas deben ser suscriptas por todas las partes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro