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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0421/2008
Fecha: 2010-03-25
Carátula: LEON LILIA CLOTILDE S/ SUCESION
Descripción: se recibe usucapion del Civil 1 - asume mayoría edad Hernán-citación-cese amei
EXPTE. Nº 0421/2008
CARATULA: LEON LILIA CLOTILDE S/ SUCESION
Viedma, marzo de 2.010.-
De conformidad con lo dispuesto en el Expte. nº 649/08 caratulado: "León Emilio Adalberto s/ Sucesión", hágase saber la radicación de la causa "León de Leuze Lilia Clotilde y Otro c/ Herederos de Lopetegui Chilo María y Otros s/ Usucapión" Expte. nº 195/10 que tramitara por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería nº 1 de Viedma (Expte. nº 233/96/1).-
Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta el estado de autos y surgiendo de la causa que Hernán Daniel Leuze ha asumido la mayoría de edad, hágase saber que deberá comparecer por sí o mediante apoderado a hacer valer sus derechos. Notifíquese.-
En consecuencia, cése la intervención de la Sra. Defensora de Menores, a cuyo fin pasen los autos en vista.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro