Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0169/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-25

Carátula: DESTEFANIS JORGE NICOLAS C/ GODOY DANI CARLOS Y OTRA S/ DESALOJO

Descripción: PROV.-MEDIACION-D.G.R.

EXPTE. Nº : 0169/2010.-

CARATULA: "DESTEFANIS JORGE NICOLAS C/ GODOY DANI CARLOS Y OTRA S/ DESALOJO".-

VIEDMA, marzo de 2010.-

Por presentado, parte y por constituído domicilio. Agréguese la documentación acompañada y resérvese el contrato original.-

Previo a todo, hágase saber que deberá cumplirse con la mediación dispuesta en la Ley 3847.-

A los fines que se expida en relación a los sellados oblados en autos, pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas.-

Acompáñese un juego completo de copias para traslado como asimismo una copia del contrato de locación.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro D-01/10. Conste.-

Secretaría, de marzo de 2010.-

Gustavo Javier Tenaglia

Secretario Subrogante

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