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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0169/2010
Fecha: 2010-03-25
Carátula: DESTEFANIS JORGE NICOLAS C/ GODOY DANI CARLOS Y OTRA S/ DESALOJO
Descripción: PROV.-MEDIACION-D.G.R.
EXPTE. Nº : 0169/2010.-
CARATULA: "DESTEFANIS JORGE NICOLAS C/ GODOY DANI CARLOS Y OTRA S/ DESALOJO".-
VIEDMA, marzo de 2010.-
Por presentado, parte y por constituído domicilio. Agréguese la documentación acompañada y resérvese el contrato original.-
Previo a todo, hágase saber que deberá cumplirse con la mediación dispuesta en la Ley 3847.-
A los fines que se expida en relación a los sellados oblados en autos, pasen los autos en vista a la Dirección General de Rentas.-
Acompáñese un juego completo de copias para traslado como asimismo una copia del contrato de locación.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro D-01/10. Conste.-
Secretaría, de marzo de 2010.-
Gustavo Javier Tenaglia
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro