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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0464/2009
Fecha: 2010-03-25
Carátula: AUSTRAL LINEAS AEREAS - CIELOS DEL SUR S.A. C/ LINARES CONRADO S/ ORDINARIO
Descripción: rechaza negligencia-fija audiencia art. 368
EXPTE. N° 0464/2009
CARATULA: AUSTRAL LINEAS AEREAS - CIELOS DEL SUR S.A. C/ LINARES CONRADO S/ ORDINARIO
Viedma, marzo de 2010.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 1048.-
Atento el estado y constancias de autos, no dándose los supuestos del art. 384 C.Pr., ello por cuanto a fs. 1026/143 obra agregado uno de los pedidos de informes y que asimismo la parte ha efectuado las gestiones necesarias para la producción de los restantes informes a la Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta y a la Inspección General de Justicia de Capital Federal y que además no se encuentra aún vencido el plazo para que los organismos respectivos los contesten (fs. 1050/1052), al pedido de negligencia no ha lugar. Asimismo y con relación al pedido de negligencia respecto a la informativa a la Dirección General de Rentas de la Provincia de Santa Fe, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la fecha de recepción del oficio (10/03/09) sin que la parte haya instado su producción, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-
En su mérito, al pedido de reiteración efectuado por la actora a fs. 1053/1054, no ha lugar.-
Atento el estado de autos, razones invocadas y teniendo en cuenta lo dispuesto a fs. 724 a los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 8 de junio de 2.010 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial los Sres. Alejandra Bradley, Carlos Alberto Cerato, Martín Francisco Barrantes, Graciela Espinosa, Eleonor Sara Gonalez y Mario Victor Sruber, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 15 de junio de 2.010 a las 11 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-
Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro