Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0821/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-25

Carátula: ARRIBAS JOSE EUGENIO C/ MORON ROSINDA S/ DESALOJO

Descripción: no ha lugar - audiencia art. 24 ley 2212

EXPTE. Nº 0821/2008

CARATULA: ARRIBAS JOSE EUGENIO C/ MORON ROSINDA S/ DESALOJO

Viedma, marzo de 2.010.-

Toda vez que conforme surge de la sentencia dictada en autos la demandada ha sido condenada en costas, a lo peticionado no ha lugar.-

En consecuencia y a los fines de lo dispuesto por el art. 24 de la ley G n° 2212, señálase la audiencia del día 16 de ABRIL de 2.010 a las 09:30 horas a la que deberán comparecer los obligados al pago, munidos de sus documentos de identidad y los profesionales intervinientes, o en su caso presentar acuerdo de partes. Notifíquese.-

Rosana Calvetti

Juez

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