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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40055
Fecha: 2010-03-25
Carátula: PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOP. DE SEGUROS LIMITADA C/VELAZQUEZ Santiago Andres y otras S/ Ordinario
Descripción: INICIO//acumulacion
General Roca, 25 de MARZO de 2.010.-
Por recibido, hágase saber el Juez que entenderá en la causa.-
Existiendo conexidad entre esta causa y la carátula ""ZAMBRANO PEDRO SEBASTIÁN C/VELAZQUEZ SANTIAGO Y OTR AS/ORDINARIO" (39625)", dándose los presuuestos que dispone el art. 188 del C.P.C., procédase a acumular ambas causas, las que tramitarán por separado, dictándose una única sentencia.-
Déjese constancia en los autos 39625.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de veintisiete días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a San Carlos de Bariloche.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
En atención a lo manifestado, cítese en garantía en los términos del art. 118 de la Ley 17418 a la Federación Patronal Seguros por el término de veintisiete días a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos.- NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula directa a La Plata.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
NOTA: De haberse depositado fs. 51/9, documentación original que vino del Juzgado Civil Uno en un sobre. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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