Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39586

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-23

Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/AVACA Carlos s/Sucesión S/ Legítimo Abono

Descripción: vista a Rentas.Regulación.-

//neral Roca, 23 de Marzo de 2010.-

Al punto I, téngase presente el acuerdo arribado y agréguese el convenio No 7443033906.-

Del sellado acompañado, VISTA A RENTAS.-

Al punto II, regulo los honorarios profesionales del Dr. PABLO BERGONZI por las tareas desarrolladas en autos por la suma de $ 150 MB:$ 2.422,44 capital reclamado a fs.3.-arts.6, 6 bis y 7 Ley 2212 RN).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis y 7 Ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la Ley 869.-

Respecto de las costas, estése al traslado conferido a fs. 10.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro