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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39825
Fecha: 2010-03-22
Carátula: GRESIA Juan y REITI Graciela Enrica S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: aclare
//neral Roca, 22 de Marzo de 2010.=
Por presentado, en el carácter invocado -art. 48 del CPC-.
Téngase presente y del nuevo domicilio legal, traslado.
Agréguese el certificado acompañado.
Aclárese si los padres comparecen en representación de su hijo y por su propio derecho.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro