Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0939/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-19

Carátula: PUPCO JAVIER ADRIAN C/ COSTAS MABEL ADRIANA Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: Liderar Compañía General de Seguros S.A. - Dres. Rubens Hiza Vila y Cristian Mildenberger

Domicilio: Saavedra 187 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PUPCO JAVIER ADRIAN C/ COSTAS MABEL ADRIANA Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)", Expte. Nº 0939/2003, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, marzo 17 de 2.010.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 16/19 y condenar a la Sra. Mabel Adriana Costas y Liderar Cía. Gral. de Seguros SA, a abonar al Sr. Javier Adrian Pupco, en el plazo de 10 días, la suma de $ 11.590, en concepto de daño material e intereses calculados conforme tasa mix al 31/01/10 con más los intereses posteriores, calculados de igual forma, hasta su efectivo pago. II.- Imponer las costas a la demandada y la aseguradora (art. 68 del CPCC) y regular los honorarios profesionales del Dr. Juan Carlos Correa en la suma de $ 1.390 (coef. 12 %), los del Dr. Cristian Mildenberger en la suma de $ 811 (coef. 7 %), los de los Dres. Rubens Hiza Vila y Cristian Mildenberger, en conjunto, en la suma de $ 1.135 (coef. 7 % + 40 %), los del perito accidentológico Ing. Carlos A. Riat en la suma de $ 300 y los del perito chapista sr. Juan Carlos Leuze en la suma de $ 300. Notifíquese y cúmplase con la ley 869. III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, marzo de 2.010.-

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Poder Judicial de Río Negro