Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15408-204-09

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-19

Carátula: GASPAR LUCAS E. / VERA BENIGNO S/ REIVINDICACION

Descripción: Interlocutoria -medida

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15408-204-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 17 DE MARZO DE 2010.-

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “GASPAR LUCAS E. c/ VERA BENIGNO s/ REIVINDICACION”, expte. nro. 15408-204-2009 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que resulta necesario tener a la vista las actuaciones referidas en la certificación de fs. 296 por el actuario, y citadas a fs. 333 vta., para mejor proveer.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

1) Líbrese oficio al juzgado de origen a los fines de requerir las actuaciones referidas precedentemente.

2) Oficio, confección y diligenciamiento, e impulso de los actuados, a cargo de la recurrente.-

3) Resérvense los votos emitidos.-

4) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que oportunamente se practique nuevo cómputo de plazos para fallar.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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