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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0014/2005
Fecha: 2010-03-17
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VILLEGAS ROBERTO RAMON Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Caja Forense
Domicilio: Belgrano 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VILLEGAS ROBERTO RAMON Y OTRA S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0014/2005, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 10 de marzo de 2.010.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I. Hacer lugar a la demanda interpuesta por la actora a fs. 26/29 y en consecuencia, condenar a los sres. Roberto Ramón Villegas y Silveria Magallanes a pagar a la Provincia de Río Negro, en el plazo de 10 días de quedar firme la presente, la suma de $ 13.230 en concepto de capital e intereses calculados al 28/02/10 y de allí en más intereses estipulados en el considerando IV, hasta su efectivo pago. II.- Imponer las costas a la parte demandada (art. 68 ap. 1° C. Pr.) III.- Regular los honorarios de las Dras. Sandra Bombardieri y María Valeria Coronel, en conjunto, en la suma de $ 2.037 (coef. 11 % + 40 %) y los del Dr. Ariel Alice en la suma de $ 450 (5 jus); MB: $ 13.230 (art. 6, 8, 9, 37 y cc. de la ley 2.212).Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, marzo de 2.010.-
Gustavo Javier Tenaglia
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro