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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0603/2008
Fecha: 2010-03-17
Carátula: PISCIA ROBERTO JOSE S/ SUCESION
Descripción: homologa honorarios
EXPTE. N° 0603/2008
CARATULA: PISCIA ROBERTO JOSE S/ SUCESION
Viedma, marzo de 2010.-
Tiénese presente.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta el acuerdo de fs. 427, homológase en todos sus términos el convenio de honorarios allí expuesto, quedando establecidos los honorarios de los Dres. Mario Salvador Cáccamo, Alba Schiavi de van Konijnenburg y Silvia Aramburú de Uribe, en conjunto, en la suma de $ 1.184,27 y los de los Dres. Rafael Augugliaro y Miguel Galindo Roldán, en forma conjunta, en la suma de $ 1.184,27. Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro