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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38861
Fecha: 2010-03-17
Carátula: NAJUL Margarita S/ Sucesión (Ex 1547-XI-06)
Descripción: proveido
General Roca, 17 de marzo de 2010.-
I.- Agréguese y téngase presente.-
II.- Téngase presente el domicilio denunciado, y cítese a los mismos para que tomen participación en autos en resguardo de sus derechos, al momento de la determinación de los bienes y su partición. A esos efectos líbrese cédula en el domicilio denunciado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro