Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0564/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-11

Carátula: CASAS LUZBEL C/ MIRAN MARIA FRANCISCA S/ SUMARIO - DESALOJO

Descripción: prov

EXPTE. N° 0564/2005

CARATULA: CASAS LUZBEL C/ MIRAN MARIA FRANCISCA S/ SUMARIO - DESALOJO

Viedma, noviembre de 2005.-

Proveyendo a fs. 19:

Estése a la etapa procesal oportuna.-

Proveyendo a fs. 22:

Por presentada, parte y domiciliada. Agréguese la documental acompañada.-

Por contestado el traslado de la demanda. Tiénese presente lo manifestado en el punto I.-

De lo manifestado en el punto II y III y documental acompañada córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-

Hágase saber la profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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