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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15495-228-09
Fecha: 2010-03-11
Carátula: FALCIGLIA JULIO CESAR / S/ CONCURSO PREVENTIVO S/INCIDENTE S/QUEJA
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15495-228-09
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 11 DE MARZO DE 2010
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “FALCIGLIA JULIO
CESAR s/ CONCURSO PREVENTIVO S/INCIDENTE S/ QUEJA”,
expte. nro. 15495-228-2009 (reg.cám), luego de haberse
impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J.
Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y
discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual
certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Que, la inteligencia de la cuestión de autos
requiere tener a la vista el incidente principal citado
por la parte a fs. 3.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y
COMERCIAL;
RESUELVE:
1) Requerir al juzgado de origen la causa:
“Falciglia, Julio César (Concurso Preventivo) s/
Incidente (29683-09)”. Oficio, confección, libramiento e
impulso de los actuados, a cargo de la recurrente.
2) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí
decidido.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro