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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39454
Fecha: 2010-03-08
Carátula: JUAREZ Juan José c/TRONCOSO GARRIDO Manuel Arnoldo S/ Ordinario
Descripción: se fija anticipo para gastos.-
//neral Roca, 08 de Marzo de 2010.-
Al punto I, téngase por aceptado el cargo conferido en autos por el perito accidentólogo SR.ESTEBAN ANDRES CASALE.-
Al punto II, concédese el préstamo de las presentes actuaciones y documentación original por el término de TRES DIAS.-
Respecto al expediente penal no ha lugar por no haberse ofrecido como prueba por las partes.-
Al punto III, fíjase la suma de $ 300 en concepto de anticipo para gastos la que deberá ser depositada dentro del plazo de CINCO DIAS todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del CPC.-NOT.-
A la mayor suma requerida, deberá ser acreditada previamente en autos a los fines de su posterior percepción.-
Al punto IV, suspéndase el plazo de presentación del dictamen pericial hasta tanto se encuentre a disposición del perito el anticipo para gastos fijados precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro