Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39954

N° Receptoría:

Fecha: 2010-03-08

Carátula: BERON José Orlando S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: agrega-librese oficio

//neral Roca, 08 de MARZO de 2010.=

Agréguese, téngase presente y por cumplimentado con lo ordenado a fs. 7.

Certifíquese por Secretaría las copias adjuntadas.

Con citación a la contraria, proveyendo la prueba ofrecida (art. 80 del CPC),

Póngase a disposición de las partes el pliego de interrogatorio, por el término de cinco días.

FECHO: Para la declaración de Juan José Surber, Francisco Ciforano Quilapán y Ramón Alejandro Romero, líbrese oficio al Sr. Juez de igual clase y en turno de Neuquén con adjunción de los pliegos de interrogatorio respectivos.

Notifiquese a los futuros demandados Fernando Luis Vazquez y San Cristóbal S.M.S.G. y la iniciación de los presentes y las audiencias que se fijen. A tal fin líbrese cédula a Allen y cédula directa a Neuquén.

Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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